Protección contra los desalojos forzosos

Violencia estatal contra campesinos e indígenas

Lis García y Abel Irala

Base Investigaciones Sociales

Palabras clave: comunidades campesinas, conflicto de tierra, desalojo forzoso, indígenas, violencia
Citar

García, L. y Irala, A. (2022). Violencia estatal contra campesinos e indígenas. En Codehupy (Ed.), Derechos Humanos en Paraguay 2022 (257-276). Asunción, Paraguay: Codehupy.

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Los desalojos forzosos siguen afectando a miles de personas campesinas e indígenas, familias que se encuentran en situación de vulneración. En lugar de brindar protección y promover la calidad de vida de esta población, el Estado solo da respuestas cada vez más violentas y punitivas. Así, se agudiza la criminalización de la lucha por la tierra.


En el presente informe[1] se detallan los desalojos forzosos ocurridos en el periodo del 1 de noviembre de 2021 al 30 de octubre de 2022, que tuvieron lugar en los departamentos de San Pedro, Itapúa, Canindeyú, Caazapá, Caaguazú y Alto Paraná. Se registran casos que han afectado a comunidades rurales, tanto campesinas como indígenas[2]. Se describe un panorama general de las situaciones de violencia contra las comunidades campesinas, mientras que en el caso de las comunidades indígenas se abordan dos casos paradigmáticos referidos a los pueblos mbya guaraní (Hugua Po’i) y ava guaraní (Ka’a Poty) de la región Oriental.

Situación del derecho en 2022

Los desalojos a campesinos e indígenas se alejan del espíritu de la Constitución Nacional[3], ya que violentan sistemáticamente a poblaciones rurales que intentan acceder a una parcela de tierra para poder asentarse y producir económicamente para mejorar sus condiciones de vida ante la ausencia de una política de reforma agraria en el país.

La Coordinadora de Derechos Humanos del Paraguay (Codehupy) solicitó una audiencia a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que se llevó a cabo el 17 de marzo de 2022, con la participación de relatores(as) y representantes de Naciones Unidas, de la sociedad civil y autoridades del Estado paraguayo.

La audiencia denominada «Situación de desalojos forzosos y políticas agrarias en Paraguay»[4] fue de suma importancia para exponer desde la sociedad civil el aumento de los desalojos forzosos contra comunidades campesinas e indígenas que, por lo general, son ejecutados sin control judicial y nula garantía de defensa para las personas afectadas, facilitando situaciones de extrema violencia por parte de actores estatales y civiles armados irregulares al servicio de latifundistas. «Los desalojos forzosos son el complemento represivo de una política que podríamos calificar de progresivo exterminio», expresó Oscar Ayala, en representación de la Codehupy.

Por su parte, el representante para América del Sur de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Jan Jarab, expresó que el aumento de los desalojos forzosos entre los años 2018 y 2021 representa un riesgo para la paz social y que estos se llevan a cabo sin perspectiva de soluciones duraderas, sin atender la situación de desprotección de las personas que son víctimas de los desalojos. Jarab afirmó que los desalojos forzosos «son considerados como una violación al derecho a la vivienda adecuada y afecta a otros derechos como el derecho a un nivel de vida adecuada, a la salud, al agua potable y saneamiento, entre otros»[5].

La audiencia evidenció que el Estado paraguayo no solamente sigue sin garantizar los derechos humanos básicos a la población campesina e indígena, sino también que sigue violentándolos a través de sus agentes: policías, fiscales y jueces. La violación constante con los desalojos forzosos desnuda la omisión y el quebrantamiento de los compromisos asumidos con la comunidad internacional para la promoción y protección de los derechos humanos.

Cabe destacar que el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en la Observación N.º 7[6] señaló que «todas las personas deberían gozar de cierto grado de seguridad de tenencia que les garantice una protección legal contra el desalojo forzoso, el hostigamiento u otras amenazas». En el mismo documento se definen los desalojos forzosos como «el hecho de hacer salir a personas, familias y/o comunidades de los hogares y/o las tierras que ocupan, en forma permanente o provisional, sin ofrecerles medios apropiados de protección legal o de otra índole ni permitirles su acceso a ellos».

A propósito de los mecanismos legales, «el Paraguay no dispone de mecanismos jurídicos de prevención de desalojos forzosos de comunidades campesinas»[7], afirma la abogada Milena Pereira Fukuoka[8] y agrega:

Existe, por el contrario, un mecanismo ilegal de desalojos forzosos de familias campesinas de sus hogares, constituido por los desalojos fiscales de comunidades enteras, efectuados bajo la denominación de «ceses de hecho antijurídico». Estos procedimientos se efectúan sin que las comunidades campesinas tengan posibilidad alguna de defensa jurídica ante un juez competente.

La Ley N.º 6830/2021 modificó el artículo 142 del Código Penal, y su modificatoria Ley N.º 3440/2008 —conocida como «Ley Riera-Zavala»— para elevar hasta 10 años de pena privativa de libertad por la «invasión de inmuebles». Es decir, pasó de ser un delito a crimen y, con ello, se eliminó la posibilidad de medidas alternativas a la prisión, lo cual contradice principios consagrados en la Constitución Nacional y el propio Estatuto Agrario.

Con esta modificación jurídica, el Estado ha recrudecido la violencia hacia comunidades campesinas e indígenas. Al respecto, señala Walter Isasi[9]:

al tener un marco penal que caracteriza como crimen la cuestión de las ocupaciones, hace que la Policía actúe con mayor agresividad, con mayor represión, se torna mucho más difícil poder reclamar los derechos cuando hay una norma penal que aumenta las penas y agrava los hechos. Entonces también sirve para justificar más agresividad en los operativos.

Casos ocurridos en 2022

Desalojos y atropellos a comunidades campesinas e indígenas

En el cuadro 1 se incluyen situaciones de violencia directa a comunidades campesinas, que pueden ser desalojos, allanamientos con el fin de violentarlos o amenazas de desalojo. Tienen como objetivo crear una situación de temor e inseguridad en las familias asentadas en un determinado inmueble. En el periodo del informe se han registrado al menos 13 situaciones que han afectado aproximadamente a 5.755 personas, de las cuales al menos 87 personas, entre hombres y mujeres, fueron judicializados(as).

El primer desalojo campesino del año 2022 se registró en el mes de mayo, en el asentamiento 1.º de Mayo, ubicado en Edelira (Itapúa). Este desalojo se produjo luego de una especie de tregua conquistada como consecuencia de la respuesta campesina e indígena frente al recrudecimiento de la violencia legitimada a partir de la promulgación de la «Ley Riera-Zavala». Esa respuesta consistió en la reocupación de las comunidades campesinas 29 de Junio en San Vicente Pancholo, Cristo Rey en Guajayvi, ambas de San Pedro, y la reocupación de la comunidad indígena Hugua Po’i con acompañamiento de diversas organizaciones campesinas, en un contexto que tuvo como característica: una mayor organización, puesto que hubo articulación entre organizaciones campesinas e indígenas.

Si bien en el año 2022 ocurrió una menor cantidad de desalojos en comparación con el año anterior[10], los casos de desahucios tuvieron como característica una agudización de la violencia sobre comunidades específicas, tanto campesinas (Cristo Rey, Zavala Cué, ambas comunidades forman parte o son acompañadas por la Federación Nacional Campesina – FNC) como indígenas (Hugua Po’i y Ka’a Poty).

La agudización de la violencia en comunidades específicas se visibiliza en el caso del desalojo forzoso de la comunidad Zavala Cué, ubicada en el distrito de Tembiaporá (Caaguazú). Esta comunidad sufrió dos desalojos forzosos en menos de un mes, en el transcurso del 2022. El primero se desarrolló el 28 de junio, con 450 efectivos de la Policía Nacional, la Montada, helicópteros, en un despliegue represivo de gran envergadura, a partir del cual destruyeron las viviendas y los cultivos. El 21 de julio de 2022 se efectuó el segundo desalojo forzoso, que tuvo como consecuencia la detención de 9 mujeres (una de ellas madre, lactante) y un hombre. En este proceso, además, la Policía Nacional atropelló y persiguió a casas y comercios del distrito mencionado[11].

Los desalojos y atropellos a comunidades campesinas en el periodo estudiado han dejado alrededor de centenar de personas heridas por el actuar policial, además de la destrucción y quema de viviendas, escuelas, cultivos y pertenencias. La escalada de violencia estatal ha llegado hasta el extremo de la muerte de Edgar Emilio Centurión por disparos[12]. Es importante subrayar que este constituye el primer caso de un campesino asesinado directamente por la Policía desde la masacre de Marina Kue.

Cuadro 1. Resumen de desalojos campesinos. Noviembre de 2021 al 30 de septiembre de 2022

Ubicación y fecha Tipo de violencia Personas afectadas Intervinientes Daños Imputaciones y(o) detenciones
1. Jasy Cañy (Canindeyú)

2-11-2021

Desalojo 1.250 Policía Nacional Destrucción de viviendas y cultivos s/d
2. Tava’i (Caazapá)

11-11-2021

Desalojo 50 Fiscala Sandra Ledesma

Policía Nacional

Destrucción de viviendas 26
3. Capiibary (San Pedro)

23-11-2021

Desalojo 1.200 Policía Nacional

Fiscala Irma Arias Barreto

Destrucción de viviendas 13
4. Maracaná (Canindeyú)

24-11-2021

Segundo desalojo 185 Fiscal Juan Daniel Benítez s/d 1
5. San Vicente Pancholo (San Pedro)

1-12-2021

Desalojo 700 Fiscal Jorge Encina

Polícia Nacional

Represión, heridos 2
6. Pirapey (Itapúa)

19-05-2022

Desalojo 400 Policía Nacional Destrucción de viviendas 3
7. Pirapey (Itapúa)

15-05-2022

Atropello policial 400 Policía Nacional – GEO Destrucción de viviendas y cultivos. Un joven campesino asesinado y dos heridos Ninguna
8. Tembiaporá (Caaguazú)

28-06-2022

Desalojo 100 450 efectivos policiales, personal de orden y seguridad del orden táctico, la Montada, helicópteros 1 persona herida,

destrucción de viviendas y cultivos

Ninguna
9. Guajayvi (San Pedro)

06-07-2022

Desalojo 300 Policía Nacional, Montada, helicópteros Destrucción de viviendas, cultivos y quema de pertenencias 12
10. Presidente Franco (Alto Paraná)

12-07-2022

Desalojo 100 Policía Nacional Destrucción de viviendas s/d
11. Tembiaporá (Caaguazú)

21-07-2022

Desalojo, atropello y represión 500 Policía Nacional, GEO y Fiscalía Destrucción de cultivos y varias personas heridas 12
12. Pirapey (Itapúa)

01-09-2022

Desalojo 70 Policía Nacional, Fiscalía Destrucción de viviendas y cultivos 17
13. Itakyry (Alto Paraná)

13-09-2022

Atropello policial 500 Policía y civiles armados Un herido 1
Total 5.755 87
Fuente: Base de datos del Observatorio de Tierra, Agronegocios y Derechos Humanos de BASE-IS[13].

En lo que refiere a desalojos y atropellos llevados adelante contra comunidades indígenas, datos del Observatorio resumidos en el cuadro 2 evidencian que en el periodo del informe se han registrado al menos 12 acciones represivas por parte de fuerzas policiales, consistentes en desalojos forzosos, amenazas de desalojo, así como amedrentamiento y persecución por parte de civiles armados. En estos procesos, al menos 278 familias han resultado afectadas y 47 personas han sido judicializadas.

Según los registros, las comunidades indígenas Hugua Po’i y Ka’a Poty han sido particularmente criminalizadas y reprimidas en este periodo, tal como se detalla en el apartado sobre casos paradigmáticos. Por su parte, la comunidad Cerrito, del pueblo ava guaraní, asentado en Minga Porá (Alto Paraná), sufrió dos nuevos desalojos forzosos en menos de un año[14]: el segundo, ocurrido el 29 de noviembre del año 2021, marco en el cual fueron judicializados sus principales dirigentes; y el tercer desalojo forzoso por parte de fuerzas policiales fue el 19 de mayo de 2022. Según relatos de pobladores de la comunidad, la misma se encuentra en la actualidad asediada por civiles armados contratados por sojeros brasileros de la zona y con nuevas amenazas de desahucio[15].

En este punto, también cabe resaltar como característica de la represión hacia las comunidades indígenas el atropello por parte de civiles armados pagados por las empresas que buscan apropiarse de los territorios ancestrales, de manera sistemática, al igual que en las comunidades campesinas y, en algunos casos, se lleva adelante en articulación con las fuerzas policiales, como en el caso del desalojo sufrido por la comunidad indígena San Miguel Tekoha Pyahu, del distrito San Estanislao (San Pedro)[16].

Cuadro 2. Atropellos y desalojos a comunidades indígenas. Noviembre de 2021 al 31 de octubre de 2022

Comunidad, pueblo, ubicación y fecha Tipo de violencia Intervinientes Imputaciones y(o)detenciones Daño Familias
1. Ka’a Poty (mbya guaraní)

Itakyry (Alto Paraná)

4/11/2021

Segundo desalojo Fiscalía y Policía Nacional Ninguna Destrucción de viviendas 30
2. Hugua Po’i (mbya guaraní)

Raúl Arsenio Oviedo (Caaguazú)

18/11/2021

Desalojo Policía Nacional con sobrevuelo de helicóptero 6 Destrucción y quema de viviendas, disparos y golpes 70
3. Cerrito (ava guaraní)

Minga Porá (Alto Paraná)

29/11/2021

Segundo desalojo Policía Nacional 9 Destrucción de viviendas 85
4. Veraro (ava guaraní)

Maracaná (Canindeyú)

15/2/2022

Atropello e intento de desalojo Civiles armados Ninguna s/d
5. Cerrito (ava guaraní)

Minga Porá (Alto Paraná)

19/5/2022

Tercer desalojo Policía Nacional Ninguna Destrucción de cultivos 85
6. Hugua Po’i (mbya guaraní)

Raúl Arsenio Oviedo (Caaguazú)

3/6/2022

Intento de desalojo Poder Judicial Ninguna Amenaza a través de una orden de desalojo forzoso en su contra 70
7. Ka’a Poty (mbya guaraní)

Itakyry (Alto Paraná)

25/6/2022

Atropello Policía Nacional, civiles armados Ninguna 30
8. Hugua Po’i (mbya guaraní)

Raúl Arsenio Oviedo (Caaguazú)

12/7/2022

Segundo desalojo Policía Nacional Ninguna Destrucción y quema de casas, pertenencias y cultivos 70
9. Hugua Po’i (mbya guaraní)

Raúl Arsenio Oviedo (Caaguazú)

15/9/2022

Atropello Policía Nacional Ninguna 70
10. San Miguel Tekoha Pyahu (mbya guaraní)

San Estanislao (San Pedro)

15/9/2022

Desalojo Fiscalía – INDI, civiles armados Ninguna Quema de casas y cultivos 13
11. 15 de Enero (ava guaraní)

Nueva Toledo (Caaguazú)

19/10/2022

Desalojo 400 agentes de la Policía Nacional, un helicóptero 32 Destrucción de viviendas y cultivos, varias personas heridas 80
12. Tekoha Pikyry (ava guaraní)

Corpus Christi (Canindeyú)

20/10/2022

Atropello y ataque de civiles armados Civiles armados s/d Varias personas heridas s/d
Total 47 278
Fuente: Base de datos del Observatorio de Tierra, Agronegocios y Derechos Humanos de BASE-IS[17].

Casos paradigmáticos en territorios rurales e indígenas

Asesinato de Edgar Centurión en una comunidad campesina

El asesinato de dirigentes campesinos que luchan por el derecho a acceder a un pedazo de tierra se ha desarrollado sistemáticamente aun luego del golpe de 1989 en Paraguay. Desde ese año, hasta el 2013, el Informe Chokokue de la Codehupy denunció un total de 115 asesinatos, bajo diferentes gobiernos y en diversas circunstancias. Durante el gobierno de Horacio Cartes (2013-2018) se registraron 7 asesinatos de dirigentes campesinos, mientras que, en el actual gobierno, de Mario Abdo, 4 dirigentes fueron asesinados. Con la muerte de un campesino en el 2022, suman 127 las víctimas fatales en el marco de la lucha por la tierra.

A continuación se relatan los hechos relacionados al caso de este año, que culminaron con el asesinato de Edgar Centurión, un joven campesino en un asentamiento campesino de Itapúa.

19 de mayo de 2022. El asentamiento 1.º de Mayo, ubicado en Pirapey, Edelira km 80 (Itapúa)[18], sufrió un violento desalojo en el que la Policía Nacional destruyó las casas y los cultivos de la comunidad. Luego del mismo, los(as) pobladores(as) armaron un campamento y trataron de reconstruir su comunidad.

15 de junio de 2022. Poco menos de un mes después, se desplegó un operativo policial en resguardo de la siembra de trigo de la Agroganadera Industrial Kuma S. A., destruyendo nuevamente los cultivos campesinos. Los eventos se desarrollaron en dos tiempos:

  • Durante la mañana, la Policía Nacional llegó al lugar al resguardo de los tractores. Luego de este violento asedio policial, los tractores de Kuma S. A. avanzaron con la siembra.
  • En la tarde, alrededor de las 16:30, las y los campesinos del asentamiento volvieron a intentar impedir que las maquinarias de la agroganadera avancen en la preparación de suelo para la siembra de cultivos extensivos en sus tierras. Los testimonios recogidos en la zona dan cuenta de que los efectivos policiales actuaron con extrema violencia, disparando con balas de plomo, entre ellas de escopetas de calibre 12. En este contexto ocurrió el crimen de un joven campesino.

El asesinato. En la tarde del 15 de junio de 2022, efectivos del Grupo Especial de Operaciones (GEO) de la Policía Nacional asesinaron al joven campesino Edgar Emiliano Centurión Almirón. El médico forense del Ministerio Público, Gustavo Cabrera, confirmó que el joven de 29 años acusó 21 orificios de entrada y salida de bala en varias partes del cuerpo observables en el tórax, cuello, espalda, la región del rostro, miembro izquierdo y abdomen, entre otros.

Desalojos forzosos y atropellos a la comunidad indígena Hugua Po’i

Ubicada en el distrito Raúl Arsenio Oviedo (Caaguazú), la comunidad Hugua Po’i, del pueblo mbya guaraní, fue víctima de dos desalojos forzosos entre noviembre de 2021 y julio del año 2022, en el marco del acaparamiento de la empresa sojera Tres Palmas[19] sobre el territorio ancestral de este pueblo indígena[20].

Acción judicial de Tres Palmas. En noviembre de 2021, en el mismo mes en el que se ejecutó el desalojo contra Hugua Po’i, la empresa Tres Palmas inició un interdicto de recobrar la posesión, a partir del expediente N.º 205 del citado año, sin notificar a la comunidad. En febrero del año 2022, mientras este proceso judicial se encontraba en curso, la comunidad reingresó a sus tierras. Frente a ello, la empresa amplió su demanda en el marco del interdicto de recobrar, y realizó una denuncia por invasión sin ningún sustento que pueda tener conectividad con alguna fuente o elemento probatorio. Con base en esa denuncia, inmediatamente la Fiscalía imputó al líder de la comunidad Hugua Po’i, junto con otras personas dirigentes de esta comunidad, y la de Loma Piro’y, a partir de lo cual quedaron procesados penalmente y con orden de detención.

3 de junio: intento fallido. A inicios de junio se llevó adelante un nuevo intento de desalojo forzoso; sin embargo, el mismo no prosperó. En paralelo, el Instituto Paraguayo del Indígena (INDI) planteó una medida cautelar autónoma de urgencia, sobre la base de la Ley N.º 43/1989 «Por la cual se modifican disposiciones de la Ley N.° 1372/88 “Que establece un régimen para la regularización de los asentamientos de las comunidades indígenas”», en particular, la prohibición de innovar de hecho y derecho[21].

12 de julio: desalojo forzoso. En contravención del derecho indígena y la citada medida cautelar, el 12 de julio se ejecutó mandamiento de desahucio y se llevó adelante el segundo desalojo forzoso con una orden dictada por el juez de Caaguazú, Wilfrido Ovelar. El mismo se efectuó a pesar de que el juez de Asunción hizo lugar a la medida cautelar de prohibición de innovación, ese mismo día. Este desalojo desplegó una violenta intervención policial, que contó con una dotación de alrededor de 300 policías fuertemente armados y un helicóptero.

Literalmente en la calle. Luego de este violento proceso, las familias que forman parte de la comunidad indígena Hugua Po’i quedaron abandonadas al borde de la ruta, sin contar por parte del Estado de ningún tipo de alternativa —ni siquiera temporaria— para su resguardo[22]. La comunidad ha denunciado que, tras el desalojo, varios tractores y camionetas ingresaron al predio y comenzaron a echar sus viviendas, se apropiaron de los materiales y destruyeron los cultivos. Esto ocurrió pese al acuerdo llegado con la empresa, a partir del cual esta se comprometió a no hacer uso de ese sector, hasta tanto se llegue a una solución final al conflicto por la tierra.

Proceso plagado de irregularidades. En términos jurídicos, este proceso resultó gravemente irregular, debido a varias razones:

  • Se atentó contra la disposición constitucional que prohíbe la remoción o el traslado de su hábitat sin el expreso consentimiento de los indígenas.
  • Se llevó adelante sin haber resuelto el interdicto previo, lo cual anula los derechos de las partes, antes de resolver lo sustancial, con lo cual se causó un daño irreparable en la comunidad indígena.
  • El juicio de interdicto no tuvo en cuenta la ley indígena. Principalmente, la Ley N.º 43/1989, en la que se habla sobre la imposibilidad de establecer innovaciones de hecho y de derecho entretanto se esté reivindicando un asentamiento de comunidad indígena.
  • El juez que había dictado el mandamiento de desahucio se inhibió. Luego se presentó el INDI y recusó al juez, mientras el interdicto del 2021 estaba en apelación. Así, pues, no había Juzgado interviniente en ese momento. Es decir, el juez Wilfrido Ovelar no tenía competencia en la causa, ya que en los procesos judiciales en los que estén involucradas comunidades indígenas debe tener intervención el INDI. En ese sentido, según la Ley N.º 904 de derechos indígenas, y según el Código de Organización Judicial, todas las organizaciones que tienen sede en Asunción deben tramitar en circunscripción de la capital. Como el INDI tiene su sede en Asunción, ese juicio debería haberse llevado adelante en la capital del país, lo cual fue incumplido tras la intervención del juez de Caaguazú.

Todos estos elementos fueron advertidos tanto en el juicio, al Ministerio del Interior, como a la Dirección de Derechos Humanos de la Corte Suprema de Justicia, a la Fiscalía, a la Policía, al propio oficial de justicia. Ninguna de estas instituciones tomó en cuenta esta situación.

Deambulando sin respuesta. Luego del segundo desalojo forzoso, las familias de Hugua Po’i se mantuvieron por una semana en la comunidad indígena Planchada Julia. Posteriormente, estuvieron durante una semana sobre la ruta al costado de sus tierras, en condiciones de total desprotección. En ese marco, el 20 de julio la Codehupy denunció que la Policía Nacional no dio ninguna respuesta a la solicitud presentada por el INDI para garantizar el regreso de las 70 familias de Hugua Po’i, a pesar de que la propia institución encargada de resguardar los derechos indígenas en el país había solicitado el acompañamiento policial para dar cumplimiento a la resolución judicial.

25 de julio: nueva entrada y atropellos. La reunión de las familias de Hugua Po’i con representantes del INDI se fijó para el lunes 25 de julio. Sin embargo, ninguna autoridad se presentó el día acordado. En consecuencia, decidieron volver a ingresar al inmueble. A pesar de la obtención de la medida cautelar para reingresar, en el contexto de una larga espera de una solución, volvieron a sufrir atropellos por parte de agentes de la Policía Nacional de la Comisaría 25.ª Syryka de Caaguazú.

Consecuencias para la salud. El 26 de julio, una bebé de dos meses falleció a causa de las precarias condiciones de vida, como consecuencia de los desalojos. Cabe resaltar que los desalojos forzosos generan mayores vulneraciones de derechos a niños, niñas y adolescentes, jóvenes, personas enfermas, personas con discapacidad y personas adultas mayores. Además, en la misma comunidad otras personas tuvieron síntomas respiratorios graves y no han recibido la atención correspondiente de parte del Estado.

La lucha continúa. Actualmente, la comunidad indígena Hugua Po’i se encuentra en sus tierras, cultivando alimentos para el autoconsumo y luchando para obtener justicia.

Casos de desalojos forzosos y atropellos a la comunidad indígena Ka’a Poty[23]

Tal como se registró en el informe del año 2021, la comunidad Ka’a Poty, del distrito Itakyry (Alto Paraná), fue desalojada de manera forzosa el 15 de junio de 2021 por la Policía Nacional. Como resultado de una medida cautelar de urgencia promovida por el INDI[24], en el juicio de reivindicación de inmueble, la comunidad Ka’a Poty retornó a Itakyry el sábado 14 de agosto de 2021, y el martes 17 de agosto de 2021 el oficial de Justicia formalizó el cumplimiento del mandamiento judicial de restitución a favor de la comunidad.

Segundo desalojo en noviembre de 2021. Luego de la promulgación de la «Ley Zavala-Riera», esta comunidad indígena fue desalojada por segunda vez el 4 de noviembre de 2021, por parte del Ministerio del Interior y la Policía de Alto Paraná, con más de cien efectivos policiales, a pesar de contar con la mencionada medida cautelar. Es decir, fue contravenida la expresa posición contraria del INDI. En el operativo fue identificado un solo oficial de Justicia sin la presencia de responsables del INDI, ni la Defensoría del Pueblo, ni la Consejería Municipal por los Derechos del Niño, la Niña y el Adolescente, la Dirección de Derechos Humanos del Ministerio del Interior, ni del Departamento de Derechos Humanos de la Policía Nacional, tal como obligan los protocolos de intervención en este tipo de procedimientos.

Traslado a Asunción. Luego de haber sido violentamente despojada de la tierra que le pertenece legítima y legalmente, la comunidad fue obligada a salir de su territorio bajo amenazas, y trasladada en camiones primero a Caaguazú, luego a la capital del país. En Asunción acamparon en la Plaza de Armas, sin contar siquiera con lo indispensable para vivir.

Denuncia contra el Estado. El 24 de noviembre de 2021, la comunidad Ka’a Poty presentó un comunicado sobre una denuncia contra el Estado paraguayo ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Dirección de Derechos Humanos de la Corte Suprema de Justicia por desalojo ilegal y violación de sus derechos fundamentales. A través de este informó: «Actualmente queda en manos del Poder Judicial librar los nuevos oficios para el cumplimiento de este Auto Interlocutorio N.º 258 y urgir la restitución de nuestra comunidad que se encuentra en situación muy vulnerable en Plaza de Armas». Además, manifestaron la imperiosa necesidad de volver a sus tierras de manera a reconstruir por tercera vez sus casas y cultivos que fueron destruidos, y exigieron que el Estado paraguayo repare todos los daños cometidos a la comunidad[25].

Reubicación en 2022. La comunidad Ka’a Poty logró por segunda vez la reubicación en su territorio el 24 de junio de 2022, luego de haber acampado por más de siete meses en la Plaza de Armas. El operativo de reubicación se efectuó a partir de un acuerdo entre el Ministerio del Interior y la Comisión de Pueblos Indígenas de la Cámara de Senadores. El mismo se desarrolló con el acompañamiento del INDI y la participación de organizaciones sociales y eclesiales. Las familias de esta comunidad y toda la delegación fueron trasladadas en tres camiones de las Fuerzas Militares y en un bus de la Policía Nacional.

Nuevamente denunciadas por invasión. Cuando las familias de Ka’a Poty llegaron a la tierra indicada, fueron denunciadas por Abel Simões de Almeida y Vitor Mazzetto, colonos brasileros, ante la Comisaría 28.ª de Itakyry[26]. La denuncia se caratuló como «invasión a la propiedad y desacato a una orden judicial de amparo»[27]. En este marco, el propio director de Auditoría Interna del INDI, quien encabezó la delegación de restitución de las tierras a la comunidad indígena, explicó al diario Última Hora que «se presentó una confusión al llegar al lugar».

Y sigue la espera. El 24 de agosto, el presidente del INDI, Omar Pico, manifestó que están esperando la definición de la mensura judicial para dar una salida al conflicto por tierras que existe con la comunidad Ka’a Poty. Mientras tanto, el 29 de agosto, la directora del Servicio Nacional de Catastro (SNC), Gloria Paredes, y la titular de la Dirección General de los Registros Públicos, Lourdes González, expresaron que la cartera estatal se encuentra a la espera de una mensura judicial en el lugar para dar salida al conflicto de territorios que existe entre la comunidad Ka’a Poty y hacendados de la zona. Al respecto expresó: «Tenemos los antecedentes de que el registro de Catastro del inmueble es del Indi, se transfirió al Indi y están los documentos, que se tienen que depurar para ver si el inmueble está ahí»[28]. Mientras tanto, la comunidad indígena Ka’a Poty se encuentra en un terreno privado, de unas 4 hectáreas detrás del Centro de Salud de Itakyry, a la espera de que el INDI la reubique y a encontrar justicia y reparación.

Conclusiones

El fortalecimiento de una política represiva sigue siendo la respuesta estatal a la problemática de la tierra. No existen iniciativas institucionales que se dirijan hacia la democratización de la tenencia de la tierra en el país, además de la falta de un catastro para el saneamiento de las tierras que poseen doble titulación o que presentan título de origen dudoso. Se sigue privilegiando a las empresas por encima de los derechos de las personas, campesinas e indígenas en situación de vulnerabilidad.

Existe una sistemática persecución a comunidades indígenas, en los casos de Hugua Po’i y Ka’a Poty, así como la comunidad campesina Cerrito. Al ser privadas bruscamente de sus medios de vida y desplazadas por la fuerza de su hábitat, las familias de estas comunidades se encuentran padeciendo una profunda revictimización.

Por lo tanto, se observan numerosos derechos fundamentales, tanto individuales como colectivos, de las comunidades indígenas gravemente vulnerados, entre los que se encuentran el derecho a la propiedad comunitaria, que garantiza el derecho a la tierra y el territorio indígena; el derecho a la protección contra los desplazamientos y desalojos forzosos de su hábitat; y el derecho a la integridad personal, en virtud del cual toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral.

Así también, los desalojos y atropellos contra asentamientos campesinos son acompañados de una persecución orientada a la criminalización de personas de la dirigencia de las principales organizaciones campesinas nacionales y departamentales. Se ha observado además una particular búsqueda de disciplinamiento represivo sobre los cuerpos de las mujeres, como da cuenta el apresamiento de 9 mujeres campesinas del asentamiento Zavala Cué, en Tembiaporá (Caaguazú), donde estas fueron separadas violentamente de sus hijas e hijos, en uno de los casos aún en estado de lactancia.

Ante la desidia estatal o la complicidad en el proceso de acaparamiento de tierras, la única salida efectiva que encuentran las organizaciones campesinas es la organización y la acción directa a través de ocupaciones para recuperar tierras e intentar romper la situación de injusticia que se vive. Sin embargo, desde el poder estatal siguen siendo consideradas como delincuentes, criminales y no como colectivo protagónico capaz de accionar y aportar soluciones a una problemática estructural.

Recomendaciones

  • Realizar una exhaustiva investigación en el caso del asesinato del campesino Edgar Centurión, que derive en el castigo al o los responsables, así como buscar los mecanismos más adecuados que puedan acercarse a una reparación por el daño a su familia.
  • Articular la coordinación interinstitucional entre el INDI e Indert para dar salida a los problemas de tierras que afectan a comunidades indígenas, en especial el caso de Ka’a Poty.
  • Regularizar el Servicio Nacional de Catastro, para la recuperación de las tierras malhabidas y el cumplimiento del Estatuto Agrario.
  • Considerar las directrices dictadas por organismos internacionales al momento de decidir la ejecución de un desalojo.
  • Derogar la Ley N.º 6830/2021 y promover espacios de participación de la sociedad civil en general y en particular de campesinos(as), sin techos e indígenas, para diseñar políticas de democratización de la tierra en el país.

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Lis García

Investigadora de BASE-IS. Estudios de posgrado en Economía Política Crítica y Metodología de Investigación Social por el Consejo Latinoamericano de Ciencias Sociales (CLACSO). Tesista de la carrera de Sociología de la Facultad de Filosofía y Ciencias Humanas de la Universidad Católica «Nuestra Señora de la Asunción».

Contacto: lisg31@gmail.com

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Abel Irala

Licenciado en Trabajo Social por la UNA. Maestrando en Ciencias Políticas por la Universidad Nacional de Asunción. Investigador de Base Investigaciones Sociales.

Contacto: airala@baseis.org.py

  1. Para la elaboración de este artículo se realizaron entrevistas en profundidad con abogados(as) expertos(as) en el tema: Walter Isasi, del equipo jurídico de la Coordinadora de Derechos Humanos del Paraguay (Codehupy); Milena Pereira, abogada especialista en derechos humanos; y Eduardo Aguayo, abogado. También fueron entrevistados Javier Ávalos, Mario Rivarola, Arnaldo Ayala, Teodolina Villalba, Ramón Giménez, Mario Rivarola, Justo Venialgo, Alberto Brítez y Rosa Brítez, referentes de organizaciones sociales, a quienes los autores agradecen su colaboración.
  2. Los datos provienen del Observatorio de Tierra, Agronegocios y Derechos Humanos de Base Investigaciones Sociales, que registra datos relevados a partir de publicaciones de medios de comunicación masivos y alternativos.
  3. «Artículo 114. La reforma agraria es uno de los factores fundamentales para lograr el bienestar rural. Ella consiste en la incorporación efectiva de la población campesina al desarrollo económico y social de la Nación. Se adoptarán sistemas equitativos de distribución, propiedad y tenencia de la tierra; se organizarán el crédito y la asistencia técnica, educacional y sanitaria; se fomentará la creación de cooperativas agrícolas y de otras asociaciones similares, y se promoverá la producción, la industrialización y la racionalización del mercado para el desarrollo integral del agro». Constitución de la República del Paraguay, Biblioteca y Archivo Central del Congreso de la Nación, acceso el 21 de octubre de 2022, https://bacn.gov.py/archivos/9580/CONSTITUCION_ORIGINAL_FIRMADA.pdf
  4. «PY: Situación de desalojos forzosos y políticas agrarias en Paraguay» [Archivo de video], Organización de Estados Americanos, Comisión Interamericana de Derechos Humanos – 185 Periodo de Sesiones, 17 de marzo de 2022, https://www.youtube.com/watch?v=NYKHFllsm7A&list=PL5QlapyOGhXtc-qfEME39loCXnbBwD7op
  5. Ibidem.
  6. Disponible en Ministerio de Relaciones Exteriores, https://www.mre.gov.py/simoreplus/Adjuntos/Informes/CESCR%20N%C2%BA%207.pdf
  7. El instrumento vigente que establece algunas salvaguardas para los procedimientos de desalojo de comunidades es la Resolución N.º 532 de la Comandancia de la Policía Nacional, del 2 de julio de 2020, «Por la cual se aprueba el Protocolo de ejecución de mandamiento de desahucio en los casos de desalojo considerado de gran envergadura y se abroga la Resolución N.º 672/2013».
  8. Entrevista realizada por García e Irala a Milena Pereira Fukuoka, septiembre de 2022.
  9. Entrevista realizada por García e Irala a Walter Isasi, octubre de 2022.
  10. De enero a diciembre de 2021 se registraron 14 desalojos campesinos. De enero a octubre de 2022 se registraron 8 desalojos campesinos.
  11. Entrevista realizada por García a Arnaldo Ayala y Teodolina Villalba, octubre de 2022.
  12. Guillermo Ortega y Lis García, «Edgar Centurión: Solidaridad de clase en la lucha por la tierra en Edelira – Itapúa», Base Investigaciones Sociales, Investigaciones Especiales N.º 57 – agosto de 2022, acceso el 20 de octubre de 2022, https://www.baseis.org.py/wp-content/uploads/2022/08/Informe-especial-57-BASE-IS-1.pdf. «Nuevamente un campesino asesinado en lucha por la tierra», Base Investigaciones Sociales, 16 de junio de 2022, acceso el 20 de octubre de 2022, https://www.baseis.org.py/otro-campesino-asesinado-en-lucha-por-la-tierra/
  13. Base Investigaciones Sociales, Observatorio de Tierra, Agronegocios y Derechos Humanos, 2022, https://www.baseis.org.py/wp-content/uploads/2022/11/Desalojos-Campesinos-2021-2022.pdf
  14. El primer desalojo ocurrió el 13 de mayo de 2022.
  15. Entrevista realizada por García a Alberto Brítez, noviembre de 2022.
  16. Entrevista realizada por García a Mario Rivarola, octubre de 2022.
  17. Ibidem 13.
  18. La Comisión Vecinal Sin Tierra, a partir de la cual se conformó el asentamiento en el marco de la lucha por la tierra en el 2002, se encuentra reconocida por el propio Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (Indert). Pese a la búsqueda de solución legal al problema de la tierra por parte de este asentamiento, las fuerzas coercitivas del Estado han recrudecido su violencia. Desde hace algunos años ha entrado en la escena del conflicto la Agroganadera Industrial Kuma S. A., la cual ha intentado adueñarse de las tierras en las que el asentamiento se desarrolla desde hace dos décadas, con el fin de extender monocultivos de exportación sobre las tierras que pertenecen legítimamente a la población de 1.º de Mayo.
  19. Esta empresa es representada legalmente por el abogado Mario Vega, expresidente del Indert. Cabe destacar que el mismo había sido destituido como consecuencia de una imputación y orden de detención bajo la carátula fiscal de lesión de confianza, cohecho pasivo y cobro indebido de honorarios, causas que se encuentran en proceso en la actualidad. «Embargo y prisión domiciliaria para Mario Vega, extitular del Indert», La Nación, 13 de noviembre de 2020, acceso el 12 de octubre de 2022, https://www.lanacion.com.py/judiciales/2020/11/13/embargo-y-arresto-domiciliario-para-mario-vega-extitular-del-indert/. «Detienen al extitular del Indert Mario Vega por caso de soborno», Última Hora, 30 de octubre de 2020, acceso el 12 de octubre de 2022, https://www.ultimahora.com/detienen-ex-titular-del-indert-mario-vega-caso-soborno-n2911777.html
  20. Conforme aclara el abogado Isasi, en específico, la tierra en disputa se encuentra registrada por el Indert como Finca 1616, compuesta por 1.021 hectáreas. Sin embargo, solamente 975 hectáreas son las que figuran en Catastro; por lo tanto, existe un excedente fiscal notorio. Además, la compra del inmueble se realizó incluso con la comunidad indígena adentro del territorio en disputa.
  21. El artículo 2 de la Ley N.º 1372/1988 expresa: «No se admitirá innovación de hecho y de derecho en perjuicio de los asentamientos de las comunidades indígenas durante la tramitación de los expedientes administrativos y judiciales a que dieren lugar la titulación definitiva de las tierras. No se considera innovación la siembra y cosecha de frutos o productos necesarios para la subsistencia, cuando las mismas se realizan en los lugares habituales».
  22. Gloria Scappini, Informe antropológico sobre la comunidad Hugua Po’i del distrito Raúl A. Oviedo, dpto. de Caaguazú (Asunción, 2022).
  23. Basado en entrevista realizada al abogado Eduardo Aguayo, en noviembre de 2022.
  24. La medida cautelar se basó en documentos oficiales del INDI, en los cuales consta que las tierras reclamadas por la comunidad Ka’a Poty forman parte del territorio ancestral de la misma. Por un lado, sobre estas tierras los pueblos indígenas tienen derechos territoriales específicos. Por otro, cuenta con título de propiedad sobre 1.364 hectáreas y 5.015 metros cuadrados (correspondientes a la Finca N.º 1628, Padrón N.º 1933 del distrito de Itakyry), adquirida por el INDI en el año 1996 e inscripta en los Registros Públicos a nombre de la entidad en el 2008. A la comunidad se adjudicó dicho territorio en el año 2018.
  25. «Indígenas presentan ante la ONU una denuncia al Estado», Última Hora, 24 de noviembre de 2021, acceso el 12 de octubre de 2021, https://www.ultimahora.com/indigenas-presentan-la-onu-una-denuncia-al-estado-n2973292.html
  26. De acuerdo con el abogado Aguayo, los conflictos que se producen en las tierras mencionadas tienen como base la sobretitulación de la finca, existiendo un total de 12 títulos superpuestos. Por este motivo, el INDI inició el juicio de reivindicación en enero de 2021.
  27. Además, hicieron constar en la denuncia que se ocuparon tres fincas, que totalizan 83 hectáreas: «Nativos dejan Asunción y en Itakyry hay conflicto por reubicación», Última Hora, 25 de junio de 2022, acceso el 12 de octubre de 2021, https://www.ultimahora.com/nativos-dejan-asuncion-y-itakyry-hay-conflicto-reubicacion-n3008787.html
  28. «Conflicto en Itakyry: Expiden título de tierras a Indi, pero sin ubicación exacta»,Última Hora, 22 de agosto de 2022, acceso el 12 de octubre de 2022, https://www.ultimahora.com/conflicto-itakyry-expiden-titulo-tierras-indi-pero-ubicacion-exacta-n3020495.html
Violencia estatal contra campesinos e indígenas